Nacho Vidal procesado por la muerte del fotógrafo con el rito del sapo bufo

Nacho Vidal procesado por la muerte del fotógrafo con el rito del sapo bufo

Nacho Vidal ha sido procesado bajo la acusación de homicidio imprudente en relación a la muerte del fotógrafo José Luis Abad acontecida el 28 de julio de 2019 durante la celebración del rito del sapo bufo en la vivienda que el actor tiene en Enguera.

Por Alex Pérez

Tras concluir la investigación, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Xàtiva ha dictado auto de incoación de procedimiento contra él, si bien se ha establecido un plazo de diez días para que la Fiscalía o resto de las acusaciones puedan recurrir solicitando la apertura de un juicio oral, soliciten sobreseimiento o, excepcionalmente, demanden diligencias complementarias.

Según el auto, José Luis Abad falleció como consecuencia de las drogas consumidas durante una «práctica, rito o experiencia espiritual o mística» que consiste en inhalar el humo de la combustión de las escamas del «veneno del sapo bufo». También se señala a Vidal como único responsable del suceso dado que «actuaba como director»«dada la experiencia que el mismo tenía en este tipo de actos», siendo también quien presuntamente habría proporcionado la sustancia al fotógrafo sin control alguno de la dosis administrada. «Ante un pretendido ritual que resultó irracional, temerario y peligroso, actuó sin ningún tipo de rigurosidad ni se anticipó a los riesgos que finalmente se produjeron» señala la instructora sobre Nacho Vidal añadiendo que la práctica se realizó «sin ningún tipo de precaución por si la práctica se complicaba». De hecho, apunta que no consta que en la casa «hubiera material de primeros auxilios o desfibrilador alguno», ni que el actor «supiera realizar correctamente una maniobra de recuperación respiratoria».

La magistrada tampoco ha encontrado «de ningún modo admisible» que la metilbufotenina (el compuesto psicoactivo del veneno del sapo Bufo Alvarius) se considere medicina, «ya que no se encuentra catalogada ni controlada por el Ministerio de Sanidad». En este sentido, señala que Nacho Vidal«carecía de cualquier prospecto que indicara sus componentes, concentración de los mismos, dosis de aplicación, contraindicaciones o efectos secundarios o fecha de caducidad, lo que denota que era una sustancia no sometida a ningún control sanitario».

Para el resto de acusados -una prima de Vidal y otro investigado- la jueza ha decretado el sobreseimiento de las diligencias al no apreciar responsabilidad penal alguna en su actuación dado que, a pesar de encontrarse en la vivienda y participar en el ritual, no tenían «el control de la situación» ni hacían «actividades de dirección de la misma».

Artículos Relacionados

Deja tu comentario